Acuerdo Marco, herramienta de gestión o tecnicismo....?
Acuerdo
Marco, herramienta de gestión o tecnicismo....?
El acuerdo marco o
convenio marco como solía conocerse, es considerando un método especial de
contratación mediante el cual se puede realizar la contrataciones sin mediar
procedimiento de selección, siempre y
cuando estos bienes o servicios se encuentren o formen parte de este acuerdo.
A la fecha contamos
con más de 8 catálogos de electrónicos de los cuales destacan, el de consumibles, útiles de escritorio, compra de
pasajes aéreos, y el más cuestionado últimamente el de computadoras, adicionalmente se estarán incluyendo
nuevos catálogos como el cocina, calzado, pinturas, y material ferretero, estos últimos de
gran ayuda para entidades que realizan obras bajo administración directa.
La semana pasada la
Central de Compras Públicas ‘Perú Compras, informo las nuevas
modificaciones al portal y como son ahora las reglas de esta modalidad, lo que sorprendió
en esta nueva “versión” son esta dos nuevas
terminologías: compras ordinaria y
grandes compras, que si bien es cierto
la única diferencia entre ambas, es que mientras que en la compra ordinaria el OEC
necesitara sustentar del porque escogió a ese proveedor en la de grandes compra
el sistema es el que escoge al proveedor siendo innecesario la sustentación de dicho
informe,
Por otro lado el
nuevo sistema permitirá cambiar de compra ordinaria a grandes compras, como también
siendo facultativo para la entidad realizar grandes compras sin importar el monto
adjudicado, dentro de las obligaciones que tendrá el proveedor es la de
mantener actualizado su stock, y cumplir lo ofertado, en lo plazo indicados y
bajo los estándares de calidad ofrecidos, claro está que la entidad contratante
tendrá dentro de su derechos actualizar
las acciones dentro de su consola y reportar el comportamiento de los
proveedores.
Cuando la entidad
lance de forma masiva la invitación a cotizar bajo la modalidad gran compra,
dicha invitación solo llegará al buzón del proveedor que haya actualizado su
stock; (de aquí la importancia en
mantener actualizado con stock real), el
proveedor tiene dos días hábiles para
cotizar y de no ser así el sistema
ofertara el monto indicado en el acuerdo, el sistema automáticamente pasado los
dos días hábiles presentara ante la
entidad un reporte con orden de prelación de cada uno de los proveedores
adjudicados, en caso que estos empaten
por el factor precio, un criterio de desempate será el plazo
de entrega, de continuar dicho empate el ultimo criterio de desempate será el
tiempo, es decir, se medirá cuál de los todos
los postores involucrados en el empate realizo su oferta con más anticipación.
En conclusión, y bajo
mi criterio personal, toca solo esperar hasta el 31, de marzo fecha en la que entrara en vigencia
la nueva plataforma de Perú compras y solo nuestra experiencia nos podrá dar una respuesta concreta y sólida
sobre este nuevo portal.
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