Acuerdo Marco, herramienta de gestión o tecnicismo....?

Acuerdo 
         Marco, herramienta de gestión o tecnicismo....?

El acuerdo marco o convenio marco como solía conocerse, es considerando un método especial de contratación mediante el cual se puede realizar la contrataciones sin mediar procedimiento de selección,  siempre y cuando estos bienes o servicios se encuentren o formen parte de este acuerdo.

A la fecha contamos con más de 8 catálogos de electrónicos de los cuales destacan, el de  consumibles, útiles de escritorio, compra de pasajes aéreos, y el más cuestionado últimamente  el de computadoras, adicionalmente se estarán incluyendo  nuevos catálogos  como el cocina, calzado,  pinturas, y material ferretero, estos últimos de gran ayuda para entidades que realizan obras bajo administración directa.

La semana pasada la Central de Compras Públicas ‘Perú Compras, informo las nuevas modificaciones al portal y como son ahora las reglas de esta modalidad, lo que sorprendió en esta nueva “versión”  son esta dos nuevas  terminologías: compras ordinaria y grandes compras,  que si bien es cierto la única diferencia entre ambas, es que  mientras que en la compra ordinaria el OEC necesitara sustentar del porque escogió a ese proveedor en la de grandes compra el sistema es el que escoge al proveedor siendo innecesario la sustentación de dicho informe,


Por otro lado el nuevo sistema permitirá cambiar de compra ordinaria a grandes compras, como también siendo facultativo para la entidad realizar grandes compras sin importar el monto adjudicado, dentro de las obligaciones que tendrá el proveedor es la de mantener actualizado su stock, y cumplir lo ofertado, en lo plazo indicados y bajo los estándares de calidad ofrecidos, claro está que la entidad contratante  tendrá dentro de su derechos actualizar las acciones dentro   de su  consola y reportar el comportamiento de los proveedores.

Cuando la entidad lance de forma masiva la invitación a cotizar bajo la modalidad gran compra, dicha invitación solo llegará al buzón del proveedor que haya actualizado su stock;  (de aquí la importancia en mantener actualizado  con stock real), el proveedor  tiene dos días hábiles para cotizar y de  no ser así el sistema ofertara el monto indicado en el acuerdo, el sistema automáticamente pasado los dos días hábiles  presentara ante la entidad un reporte con orden de prelación de cada uno de los proveedores adjudicados, en caso que estos  empaten por  el factor  precio, un criterio de desempate será el plazo de entrega, de continuar dicho empate el ultimo criterio de desempate será el tiempo, es decir,  se medirá cuál de los todos los postores involucrados en el empate realizo su oferta con más anticipación.  
                                                                     
En conclusión, y bajo mi criterio personal, toca solo esperar hasta el 31,  de marzo fecha en la que entrara en vigencia la nueva plataforma de Perú compras y solo nuestra experiencia  nos podrá dar una respuesta concreta y sólida sobre este  nuevo portal.





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